Justicia sin género. Mujeres en la construcción de la paz: Una cuestión de Estado

Descripción

Juzgar con perspectiva de género no es una ideología ni una propuesta feminista, se trata de un mandato jurídico vinculante para los órganos jurisdiccionales, tal y como se contiene en el Dictamen del Comité Cedaw de 16 de Julio de 2014 (Asunto de Ángela González), en relación a España.La perspectiva de género impone la interpretación de las normas con la finalidad de hacer efectivo el derecho a la igualdad, asumiendo la obligación de remover los obstáculos que la dificulten o impidan, enfrentando y combatiendo la impunidad, la desigualdad y la discriminación. Implica una nueva forma de acercarse al Derecho y de impartir justicia. La interpretación de las normas desde esta perspectiva tiene que tener proyección en la búsqueda de soluciones justas en el caso concreto. El principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres exige la integración de la dimensión de género en la aplicación de todas las normas.

Orientación:

En este programa de radio con duración aproximada de 20 min. podemos escuchar testimonios en primera persona de mujeres que han sufrido violencia durante los conflictos armados en diversos lugares del mundo. También intervienen expertos para explicar el contenido y alcance de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre mujeres, paz y seguridad.

Destinatarios

  • Público en general

Autoría:

Asociación No Más Violencia de Género

Fuente del recurso:

No Más Violencia de Género

Tipo:

  • Otros
  • Publicación

Idioma:

Castellano

Fecha:

08/05/2017

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